Las nuevas resoluciones, una lucha para que se amplíen y respeten nuestros derechos.
La suspensión de las clases derivada del avance de la pandemia ha desquiciado todo el sistema educativo. En la medida en que no se prepararon las condiciones para enfrentar la nueva situación, no se han orientado recursos económicos para distribuir computadoras, conectividad gratuita para estudiantes y docentes y tampoco se han atendido los reclamos de la docencia en muchos aspectos. En paralelo, se ha avanzado en cambios profundos en las condiciones de trabajo con la pretensión de instalar como algo permanente lo que hoy se plantea como excepcional.
Las patronales, mediante las suspensiones con rebajas salariales, los despidos, la flexibilización laboral descargan la crisis sobre las espaldas de les trabajadores y la docencia no es ajena a este proceso.
Un aspecto de esta nueva realidad para la docencia es el teletrabajo. En el Congreso Nacional se votó favorablemente el pasado 25 de junio un dictamen para “regular” esta modalidad atravesada por reclamos de la UIA, empresarios, agencias de trabajo, que quieren inclinar la balanza contra los derechos laborales. Uno de los problemas de dicha reglamentación que busca regular el teletrabajo, es que deja libradas muchas de las condiciones de trabajo a los acuerdos paritarios que puedan o no acordar los sindicatos con sus respectivas patronales legalizando la potestad empresarial de modificar horarios, modalidad y otras cuestiones. En un contexto de profundización de la crisis y de aumento del desempleo, será seguramente muy difícil para las y los trabajadores lograr que sus empleadores carguen con los costos de las herramientas, tecnología e insumos del teletrabajo, como establece la norma. Menos aún, lograr que desde los sindicatos podamos efectivamente desarrollar las tareas de control de cumplimiento de derechos, atomizando además las posibilidades de organización de las y los trabajadores en un marco de “trabajo en casa”.
La tarea docente se ha complejizado, al igual que en otras profesiones, no solamente desde el punto de vista pedagógico, sino también como trabajadoras – el 80% del gremio somos mujeres-. A las miles de tareas administrativas, clases virtuales, planificaciones, acompañamiento escolar, tenemos las tareas de cuidado a cargo. La responsabilidad de cuidado de niñxs, adultos mayores y tareas domésticas está -en general- mayoritariamente a cargo de mujeres. Es lo que se denomina históricamente hablando como «doble opresión»: por nuestra condición de clase y por el género.
La resolución 207/2020
La resolución nacional del Ministerio de Trabajo del mes marzo, en su artículo 3º, dispensa justificación para ausentarse del lugar de trabajo a uno de los progenitores en la medida que están suspendidas las clases para todo el territorio nacional. En dicho artículo se cita que la justificación es a los fines del cuidado de niñxs.
En su artículo 2º plantea que se deben adecuarse las tareas para desarrollarlas desde el lugar de aislamiento.
Es importante aclarar que si bien no hay resolución sobre el uso de plataformas virtuales para dictar clases, emulando las clases presenciales, se ha forzado a la docencia a usarlas de manera continua, sin establecer criterio alguno para acordar las formas de trabajo. Por lo tanto, en los hechos se está vulnerando lo establecido en esta resolución citada.
Son muchas las denuncias de las trabajadoras que durante esta cuarentena están sufriendo presiones y demandas, en un contexto de aislamiento, de sufrimiento psicológico y de agravamiento de las condiciones materiales.
Las trabajadoras reclamamos las licencias para cuidado
El dictamen de Ley de Teletrabajo aprobado por la Cámara de Diputados, establece el derecho de las y los trabajadores que sean únicos cuidadores de niñes menores de 14 años y/o discapacitados, de pedir la adecuación de su horario de trabajo a esas necesidades de cuidado. Nada se dice de la posibilidad de pedir licencia en dicha situación. De hecho, la Ley establece en su art 19 que su aplicación comenzará 90 días después de que se determine la finalización del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, con lo cual se está diciendo claramente que no rigen sus artículos para la presente situación.
Nuestros derechos no están en cuarentena
Desde Ademys hemos denunciado a lo largo de estos meses cómo se vienen sufriendo las nuevas condiciones impuestas por la pandemia. La expresión más reciente de este ataque es el pago en cuotas del aguinaldo, dispuesta por el gobierno nacional y de la ciudad. La organización independiente de las y los trabajadores para enfrentar los avances sobre nuestros derechos es fundamental.
Por eso planteamos que no podemos realizar trabajo ni teletrabajo mientras tengamos que realizar las tareas de cuidado de nuestros hijes.
Se debe establecer una licencia por cuidado de niñes extendiéndose a todas/os las trabjadores y trabajadoras que lo requieran por ser únicas personas responsables de cuidado, sin restricciones de edad e incluso para la atención de personas adultas mayores y personas consideradas de riesgo, con percepción íntegra de haberes.
Además, seguimos sosteniendo la necesidad de garantizar la plena vigencia de todas las licencias estatutarias, suplencias y cargos para realizar el acompañamiento pedagógico mientras continúa la suspensión de clases. Respeto a la jornada de trabajo y recursos para sostener las tareas educativas a cargo del empleador. Uso voluntario de plataformas y recursos tecnológicos.
La ampliación de licencias sin restricciones y respeto a la tarea docente debería contemplarse para que se trate de una ampliación respecto a la resolución 207 y no una restricción. Lo hubiéramos dicho si el ministerio convocara a discutir a los sindicatos. Nada de ello sucedió.
Estas restricciones de parte del Estado desnudan una realidad cotidiana, que es la falta de escuelas infantiles o salas maternales en los lugares de trabajo y estudio. Un reclamo que desde el sindicato consideramos fundamental, que está en la base de cómo deben socializarse las tareas de cuidado a cargo del estado.